Como nos regulamos...
La guía imprescindible
1. El nudismo es una estilo de vida, cuya particularidad es el gusto por la propia desnudez, está puede ser en solitario y/o de forma social y sin ningún tipo de connotación sexual. La práctica del nudismo a nivel social se prepondera dentro las normas de respeto socialmente establecidas en cualquier otro aspecto de la vida.
2. El objetivo de ONUM, es la promoción y difusión del nudismo a efectos de propiciar y consolidar una comunidad nudista nacional, además de, generar documentos congruentes y con precedente para este estilo de vida.
Para tal fin la ONUM, se sirve de medios digitales y audiovisuales, además de diferentes actividades de tipo presencial y/o virtual, además de apoyarse de sus integrantes.
ONUM apoya todas las iniciativas que benefician y nutren la salud mental y física, además de, promover la armonía con la naturaleza en todas sus magnitudes e todas sus implicaciones.
3. Fomentar la cooperación nacional e internacional de nudistas para alcanzar este objetivo común.
4. Apoyar y ayudar, para el reconocimiento de nudistas entre nudistas y su desarrollo, además de, cooperar con comunidades, autoridades nacionales e internacionales para tal fin.
5. ONUM es diversa e inclusiva, además de neutral ante creencias que generan, diversifican y enfrentan la visión del mundo. ONUM rechaza todas las formas de discriminación.
6. La ONUM procura permanentemente:
a) Impulsar el nudismo individual, familiar y social.
b) Impulsar la creación de comunidades nudistas nacionales.
c) Promover la cooperación entre nudistas.
d) Representar a sus integrantes.
e) Apoyar e intervenir en la búsqueda y consolidación de espacios públicos para el nudismo de forma legal.
f) Tomar parte en acciones que apoyen el nudismo sano en términos generales de respeto y convivencia.
g) Buscar la protección permanente contra las amenazas al nudismo y su comunidad.
El nudismo social se rige por el respeto y la igualdad. No admite discriminación por edad, origen, condición socio-económica, estado civil, u orientación sexual, política o religiosa. Además, no trata de lucrar en ningún sentido, en apego a los principios de no discriminación y de vida libre de violencia.
1. Higiene Personal: La regla básica es tener consigo en todo momento una toalla o prenda para sentarse, por higiene propia y la de los demás.
2. Fotografía y Videos (Consentimiento Obligatorio): Las fotografías o videos en reuniones nudistas solo pueden hacerse con el consentimiento expreso de todas las partes involucradas. Dicho consentimiento debe ser previo, y la difusión sin consentimiento es un delito grave (Ley Olimpia).
3. Sustancias: El uso de drogas y/o estupefacientes está terminantemente prohibido por ser un Delito Contra la Salud. La ingesta de bebidas alcohólicas es responsabilidad de cada comunidad.
4. Acoso y Conducta Sexual:
o El acoso sexual en cualquiera de sus variantes (comentarios, insinuaciones, mensajes o imágenes) está estrictamente prohibido y es un delito grave en México. Quien infrinja esta norma no solo será expulsado y boletinado permanentemente con el resto de comunidades y organizadores, sino que también podrá ser sujeto de una denuncia de tipo penal ante las autoridades.
o La actividad sexual es de naturaleza privada, por lo que las demostraciones de esta índole en reuniones nudistas están prohibidas para evitar incurrir en faltas o delitos contra la moral pública.
o Una erección durante un evento nudista no es ofensiva; sin embargo, en caso de ocurrir, no la exhiba; espere a que pase y continúe sus actividades.
5. Tabaco: Fumar tabaco es permitido en espacios al aire libre, pero solo si estos cumplen con las estrictas zonas permitidas por la Ley General para el Control del Tabaco.
6. Libertad Personal: Nadie puede obligarte a ninguna situación que no desees o con la que no estés de acuerdo. Tu autonomía y dignidad están garantizadas. Recuerda: la ausencia de un "no" no equivale a un "sí" (el silencio no es consentimiento), y tienes el derecho a una vida libre de violencia (LGAMVLV).
7. Normas Extraordinarias: Algunas normas particulares se sujetan a los espacios que se consiguen para las convivencias; de ser así, atenderlas como indicaciones extraordinarias y por evento.
8. Principios: En toda convivencia es preponderante apelar a la fraternidad, honestidad, respeto y nudismo.
NOTA: Estas pautas de convivencia se han elaborado en estricto apego al marco legal vigente en México, incluyendo la Constitución y las leyes que protegen los derechos humanos, la igualdad y el derecho a una vida libre de violencia. Su observancia es fundamental para garantizar el respeto, la seguridad y la sana convivencia de todas las personas.
No Discriminación
Vida Libre de Violencia
Igualdad de Género
Protección de la Intimidad (Ley Olimpia)
Acoso Sexual
Drogas/Estupefacientes
Consumo de Tabaco
Libertad Personal
Conducta Pública
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), Art. 1, Párrafo Quinto.
Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), Art. 3 (Derecho a una vida libre de violencia).
Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, Art.
Códigos Penales de cada Entidad Federativa (Tipo Penal de Violación a la Intimidad Sexual).
Código Penal Federal, Art. 259 Bis (o equivalente local) y LGAMVLV, Art. 13, Fracc. II (Violencia Sexual y Hostigamiento).
Ley General de Salud, Art. 234 y 245 y Código Penal Federal, Art. 194 (Delitos Contra la Salud).
Ley General para el Control del Tabaco, Art. 27 y 28 (Regulación de Espacios 100% Libres de Humo).
CPEUM, Art. 1 (Derechos Humanos y Garantías).
Bandos de Policía y Buen Gobierno o Códigos Cívicos/Penales locales (Faltas o Delitos contra la moral/pudor).